Pueden solicitarlas autónomos y PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León. Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, fundaciones, y asociaciones sin ánimo de lucro.
El beneficiario debe presentar la solicitud de subvención antes de comenzar a trabajar en el proyecto.
Los proyectos subvencionables consistirían en la prestación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica dirigidos a: protección de derechos de propiedad industrial, acceso a las deducciones fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT), asesoramiento a la empresa en materia de innovación con el fin de implantar en la misma algún sistema de eficiencia productiva y/o de mejora organizativa, y asesoramiento a la empresa en materia de innovación en sus procesos de gestión y organización mediante la implantación de las soluciones de computación en la nube.
La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación conforme al artículo 34 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, y en función de que la documentación esté completa y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias.
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo del 65% a aplicar sobre el coste subvencionable, que podría llegar hasta el 75%, en función de la localización del proyecto.
Se pueden presentar solicitudes hasta la publicación de la Convocatoria que sustituya a la presente o la publicación del cierre de la misma.
Las condiciones anteriores son un resumen no exhaustivo de carácter orientativo. Para mayor precisión y concreción consultar la información y documentación disponible en este enlace
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